Carné fitosanitarios
NOTA INFORMATIVA SOBRE VENTA PRODUCTOS FITOSANITARIOS
En conformidad con el artículo 43.5 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, es obligatoria la posesión del Carné de Aplicador de Productos Fitosanitarios para todo aquel que manipule productos fitosanitarios. Esto afecta a los profesionales y empresas y también a cualquier agricultor que aplica fitosanitarios en su propia explotación.
Agro Acuña, como empresa dedicada a la venta de fitosanitarios, tiene la obligación de comprobar que el cliente se encuentra en posesión de dicho carné, de nivel básico o cualificado, antes de entregar dichos productos.
La comprobación se realizará en el servicio de comprobación del Registro Oficial de Productores y Operadores – ROPO en el momento del envío del producto, comprobando que el Carné de Aplicador de Productos Fitosanitarios existe y se encuentra en vigor.
Par que la aplicación sea válida el nombre completo del cliente deberá coincidir con el nombre que aparezca en la aplicación del ROPO.
Si en el momento de realizar el envío se detecta que el carné de aplicador no se encuentra en vigor se retendrá el envío del producto fitosanitario, comunicándose al cliente, hasta que el carné exista o vuelva a encontrarse en vigor.
Para más información consúltenos en el 986 648 638 o en el mail tienda@agroacuña.com